Registraduría

Los expedientes de los estudiantes están protegidos por la Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA). Sólo el estudiante o personas oficialmente autorizadas, según definido por FERPA, tienen el derecho de acceso al expediente. En esta oficina puede solicitar el programa de clases, transcripciones, certificaciones, copia de documentos, credencial de graduación, entre otros.

Family Educational Rights and Privacy Act

Estudiantes

PPG Technical College en cumplimiento con la Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA) (34 CFR 99.7) provee al estudiante acceso a su expediente académico, derecho a solicitar que se enmiende la información contenida en el expediente y le garantiza cierto control sobre la divulgación de su información académica. Estos derechos incluyen:

      • El estudiante tiene derecho a inspeccionar y revisar el expediente académico dentro de los 45 días en que la Institución Educativa reciba la solicitud para acceso a los mismos. El estudiante someterá al registrador una solicitud escrita identificando los expedientes o documentos que deseen inspeccionar. El registrador hará los arreglos para la inspección y le informará al estudiante cuándo y dónde los podrá inspeccionar.

      • El estudiante tiene derecho a solicitar las enmiendas a los expedientes que el estudiante entienda que son correctas. La solicitud de corrección debe identificar claramente las partes que desean ser cambiadas. Si la Institución Universitaria, decide no cambiar la información debe informar al estudiante en relación con su derecho a una audiencia o vista en relación con su solicitud de enmienda.

      • El estudiante tiene derecho a consentir en relación con mostrar u ofrecer información identificada con lo personal contenida en los expedientes educacionales, exceptuando la información que FERPA autorice a mostrar sin consentimiento. Una excepción, en que se permite mostrar información sin consentimiento, es cuando se muestra a oficiales de la escuela que tengan un legítimo interés educacional. El legítimo interés educacional se define como la necesidad de revisar un expediente educacional en orden de realizar su responsabilidad profesional.

      • El estudiante tiene derecho a presentar una querella al Departamento Educación Federal en relación con las alegaciones de incumplimiento por parte de la institución universitaria con los requerimientos de la Ley FERPA. El Título 1 de esta legislación requiere a las instituciones de Educación Superior que reciben fondos de los Programas del Título IV del Departamento de Educación Federal, el proporcionar información a toda persona vinculada o que pueda vincularse con la institución de los índices y tasas de retención, graduación y transferencias fuera de la institución de los estudiantes en general. Además, se requiere el cumplimiento con los estatutos contenidos bajo el Título 11 de la referida ley, conocido como el “Crime Awareness and Campus Security Act of 1990”.

Los estudiantes que entiendan que la institución ha incumplido con estas obligaciones, tienen derecho a querellarse en: Family Policy Compliance Office, US Department of Education, 400 Maryland Avenue SW, Washington DC 20202-4605.

Padres o Tutores

      • FERPA fue promulgada para dar a los estudiantes acceso a su expediente académico y para proteger su privacidad. A menos que un estudiante sea legalmente dependiente, FERPA prohíbe a la institución divulgar la información de la cuenta del estudiante a un padre o tutor sin el consentimiento del estudiante.

      • Una declaración de impuestos actual que nombre al estudiante como dependiente es suficiente documentación para corroborar la dependencia para fines de FERPA. Al recibir una declaración de impuestos que califique, PPG Technical College divulgará la información de la cuenta del estudiante por correo electrónico, teléfono o correo a los padres o tutores.

Baja Parcial (WP)

      • El estudiante la radica voluntariamente para darse de baja de un curso. Tiene para radicarla hasta la novena semana desde la fecha de comienzo del semestre. Pasada la fecha el Instructor determinará la nota del curso a base de las calificaciones obtenidas hasta el último día presente.

      • La Registradora procesará una Baja Parcial (WP) cuando un estudiante se ausente 4 días consecutivos en un curso (ej. falto 4 lunes al curso C101) sin presentar evidencia que justifique las ausencias ni estableció comunicación con la escuela.

      • Debe visitar la Oficina de Asistencia Económica para orientarse si esta baja pudiera afectarle las ayudas económicas.

      • Debe visitar la Oficina de Finanzas para ver si la baja parcial tiene un efecto económico para el estudiante.

      • Cuando un estudiante se da de baja parcial y luego va a tomar nuevamente el curso en otro año académico, debe tener en cuenta que todos los cursos están sujetos a cambios, disponibilidad, horario y costos.

Baja Total (WT)

      • El estudiante la radicó en persona o se comunicó con la Institución para que se le diera de baja.

      • La baja total se radica en la Oficina de Registraduría utilizando la forma Solicitud de Baja Total.

      • Después del 60% de la duración del programa no hay reembolso.

      • Tiene un cargo de $150.00

Baja Administrativa (WR)

Causas para procesar una Baja Administrativa (WR):

      • Estudiante a tiempo completo que se ausentó 6 días lectivos consecutivos o acumuló en el semestre 15 ausencias (25%).

      • Estudiante a medio tiempo que se ausentó 4 días lectivos consecutivos o acumuló en el semestre 8 ausencias.

      • Estudiante a menos de medio tiempo que se ausentó 4 días lectivos consecutivos o acumuló en el semestre 6 ausencias.

      • Estudiante no cumple con la Política de Asistencia o Progreso Académico Satisfactorio (PAS).

      • Violaciones a las Políticas Institucionales o Reglamento del Estudiante.

      • Tiene un cargo de $150.00

Consecuencias Financieras al Darse de Baja

Antes de tomar la decisión de darse de baja parcial, baja total o hacer ajustes en la carga académica el estudiante debe consultar la Oficina de Finanzas y la Oficina de Asistencia Económica como esta decisión le puede afectar financieramente. El estudiante, padre o tutor debe tener conocimiento que existen consecuencias financieras para el estudiante cuando se da de baja, según las siguientes:

Ajuste de Carga Académica

Si durante las primeras dos semanas del semestre el estudiante no se presenta a uno de los cursos en que se matriculó, se ajustará el número de créditos en su matrícula por lo que pierde su estatus de estudiante a tiempo completo. En el caso del curso de práctica externa, el ajuste se hará en la cuarta semana. Los ajustes podrían tener consecuencias financieras para el estudiante ya que se afecta la cantidad adjudicada de ayuda económica a la que en principio se estimó o tenía derecho. Debe visitar la Oficina de Finanzas para orientarse de cómo le afecta.

Baja Total WT

Cuando un estudiante participante de fondos de Título IV (Pell) se da de baja o abandona sus estudios durante el período de pago en el que comenzó a asistir, se determinara la cantidad de fondos a la cual el estudiante tiene derecho hasta la fecha dela baja y la cantidad no ganada.

      • Si la cantidad de Título IV ganada es menor a la cantidad desembolsada, la diferencia entre dichas cantidades debe ser reembolsada a los fondos federales de Título IV.

      • Si la cantidad desembolsada al estudiante es menor que la cantidad ganada, el estudiante tiene derecho a un desembolso tardío de la cantidad de ayuda que no recibió.

      • El cálculo de las cantidades de Título IV ganada se realiza en proporción a los días asistidos dentro del período de pago. Después del 60% de cada período de pago, el estudiante ha ganado el 100% de los fondos federales para ese período de pago.

      • Los fondos de Título IV (Pell) no cubren el 100% de todos los cargos institucionales tras la baja del estudiante.

      • La baja total (WT) o administrativa (WR) tiene un cargo de $100.00.

Consulte la Oficina de Asistencia Económica y la Oficina de Finanzas para recibir una orientación adecuada basada en su caso de cómo esta política le puede afectar financieramente.

Baja No Oficial

PPG Technical College en cumplimiento de las regulaciones federales de ayuda financiera, establece como política que un estudiante que no obtiene calificaciones aprobadas en todos los cursos para un semestre, se considera como una Baja No Oficial a menos que la institución pueda documentar que el estudiante asistió a clases o participó en alguna actividad académica más allá del 60% del semestre.

Para retener la elegibilidad de ayuda financiera federal, estatal e institucional, el estudiante debe participar en actividades académicas relacionadas más allá del 60% del semestre (periodo de pago).

      • Cuando el estudiante asistió a una o más de sus clases o participó en actividades académicas relacionadas más allá del 60%, se le asignará como fecha de baja el último día de asistencia a clases, según el registro del Instructor.

      • Cuando el estudiante no asiste a ninguna de sus clases, según su matrícula, ni participa en una actividad académica relacionada, se le procesará una Cancelación de Matrícula.

Un estudiante que se retira antes del 60% del semestre y obtiene por lo menos una calificación mínima de 70% durante un período de pago para el cual se desembolsaron fondos federales, tendrá derecho a un cálculo prorrateado de reembolso de Título IV para determinar cuánto de los fondos ganó. Los dineros federales no ganados serán calculados con el programa R2T4 y devueltos al USDE de manera electrónica en el Sistema G5.

Documentos

Para procesar ciertos documentos se requiere tener la cuenta al día o no tener deuda. En este caso debe visitar la Oficina de Finanzas para conocer el estatus de su cuenta. Los documentos que forman parte de los requisitos de admisión no se devuelven, en todo caso se podría expedir una copia. No se expedirá ningún documento cuando el estudiante tenga deuda con la institución. Todos los documentos que forman parte del expediente se mantienen en custodia por cinco (5) años a partir del último día como estudiante activo, excepto la transcripción oficial de créditos que se mantiene en archivo por tiempo indefinido.

Solicitar Transcripción de Créditos

Para solicitar una transcripción de créditos de forma remota debe observar los siguientes pasos:

1. No tener deuda con la institución.

2. Llenar Solicitud de Transcripción.

El documento será enviado por correo postal a la dirección indicada en el formulario dentro de los siguientes cinco (5) días laborables.

Verifique si tiene deuda llamando a la Oficina de Finanzas al 787-961-6832 de 8:00 am – 5:00 pm de lunes a viernes.. Sólo se dará información al estudiante luego de validar sus datos.